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Ley contra el bullying

México cuenta con el ambiente escolar más violento y sólo 1 de cada 10 alumnos reciben una atención especializada. ¿Qué estamos haciendo mal?

junio 9, 2014

Mario Delgado
Senador
mariodf.mx
TW: @mario_delgado1

• Sólo en educación preescolar, primaria y secundaria, México tiene aproximadamente 27 millones de estudiantes, alrededor de 1.1 millones de docentes y 220,000 escuelas.

• Niñas y niños que desertan de la escuela por condiciones económicas, pero también aquellos que la abandonan porque no le ven sentido o porque sufren de obesidad o la violencia que se genera en el entorno escolar.

• Hoy el acoso escolar conocido también como “bullying” es un problema que afecta tanto el desarrollo personal como el desempeño académico de alumnas y alumnos, y se convierte regularmente en el principio de la violencia.

• De acuerdo a la OCDE, México cuenta con el ambiente escolar más violento y sólo 1 de cada 10 alumnos reciben una atención especializada.

• El Estudio Internacional sobre Docencia y Aprendizaje, publicado por la OCDE, coloca a México como el país con el ambiente escolar más violento en secundarias de 24 países estudiados.

• Para la CNDH, el número de casos de acoso o bullying en nuestro país ha aumentado y afecta a 40 por ciento de los 18 millones 781 mil 875 alumnos de primaria y secundaria, en instituciones educativas públicas y privadas.
• De acuerdo con la CEPAL (2011), en México, el 11% de los estudiantes mexicanos de primaria ha robado o amenazado a algún compañero, y en la secundaria el 7% lo ha hecho.

• 44 de cada 100 alumnos de primaria en México dice haber sido víctima de algún tipo de violencia por parte de algún compañero.

Tomarnos los derechos de las niñas y de los niños en serio:
• Debemos educar para la paz, contando con condiciones de vida más justas, con padres y madres con trabajo, con salario digno, con respeto a la vida de los otros.

• Tolerancia y defensa de los derechos humanos, sin violencia, porque los alumnos tienen que responder con formas no violentas, demostrando que podemos romper la espiral de violencia, y teniendo un manejo creativo del conflicto.

• Permitir que los niños y niñas ejerzan sus derechos de forma activa, el derecho a participar, a ser escuchado, a manifestarse, a decidir, a ser respetado, los derechos a su autonomía, a participar en comunidad y a exigir a las autoridades que los protejan de cualquier acción que vulnere sus derechos.

• Aprender a manejar las emociones. Quienes hacen bullying lo hacen porque tienen una idea relacionada con el dolor que se causa, con la agresión a los otros por ser diferentes, o por el poder que se ejerce sobre los demás.

• La escuela no es sino el reflejo de lo que pasa en la sociedad.

• Por el “adultocentrismo”, que nos ha acostumbrado a la violencia, no podemos permitir que los niños y niñas sufran más violencia.

Una propuesta de Ley general:
• Por ello, porque las políticas públicas no son suficientes, pensamos que se requiere de acciones legales.

• En diciembre de 2012 juntos con varias Senadoras y Senadores presentamos una iniciativa de ley para prevenir y atender la violencia en el entorno escolar, con los siguientes elementos.

LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR
Contiene los siguientes elementos:
• Es una propuesta de ley de carácter general, es decir, se aplicaría en todo el país.

• El Objetivo de la Ley es promover la convivencia libre de violencia en el entorno escolar.

• Esta propuesta busca atender el bullying y lo más importante, por ser más amplia, todo tipo de violencia en el entorno escolar, ya sea dentro o fuera de la escuela, ya sea dentro o fuera del horario escolar.

• Es una propuesta con un enfoque preventivo y de atención multidisciplinaria.

• Busca fomentar una cultura de paz, tolerancia, respeto por el otro, basada en el ejercicio de los derechos humanos.

Los principios rectores de la ley son:
• El interés superior de la infancia y la juventud;
• El respeto, promoción y protección de los derechos humanos;
• La prevención de la violencia en el entorno escolar;
• La no discriminación y el respeto a la pluralidad y diversidad;
• La cultura de paz;
• La igualdad de género;
• La resolución pacífica de conflictos;
• El fortalecimiento de la cohesión comunitaria;
• La igualdad;
• La interdependencia;
• La integridad;
• La coordinación interinstitucional;
• La resiliencia;

La participación ciudadana de la comunidad educativa, con especial énfasis en la participación de la infancia y juventud.

En materia de prevención la ley propone las siguientes acciones:

Será obligatoria para las escuelas públicas y privadas, elaborar un programa interno de prevención y atención de la violencia en el entorno escolar.

A fin de formalizar las acciones de prevención, atención y seguimiento de la violencia en el entorno escolar y promover la convivencia de paz al interior de cada una de las comunidades educativas, las instituciones educativas públicas y privadas tendrán un Comité para la Convivencia Escolar.

Se crea una Red Nacional, encargada de ofrecer consulta, análisis, asesoría y evaluación de los planes, programas y acciones en materia de atención y prevención de violencia escolar.

Se crea un Observatorio, encargado de realizar diagnósticos en materia de violencia en el entorno escolar, elaborar estadísticas, indicadores e informes que formulen propuestas y recomendaciones de actuación.

La implementación de un Programa de Escuela para Padres, que implique la participación permanente de madres, padres de familia o tutores.

La inclusión en el Plan de Estudios, de una materia de corte humanista que promueva el respeto a los derechos humanos, así como una materia que promueva la prevención de enfermedades como la diabetes y la obesidad.

Para la atención de los incidentes de violencia en el entorno escolar, se crea el Modelo Único de Atención Integral que incluye todas las acciones psicológicas, jurídicas, médicos y demás necesarias para atender la violencia escolar.

Se definen las responsabilidades de padres y madres de familia, o tutores, integrantes de la comunidad educativa, personal docente, personal administrativo y directivos escolares, de las autoridades educativas para informar sobre la violencia escolar, de capacitarse y de hacer lo necesario para prevenir.

No buscamos criminalizar de ningún modo. Al contrario, buscamos que todos asumamos la responsabilidad que nos toca para que los niños y niñas vivan en un ambiente de paz.

Las infracciones de esta Ley versan en:
• Con amonestación pública;
• Multa hasta por el equivalente a cinco mil días de salario mínimo general vigente;
• Con la medida a que se refiere el artículo 79 de la Ley General de Educación;
• Suspensión definitiva del puesto académico;
• Inhabilitación del cargo hasta por 5 años.

Aunado a ello, se establece en la Ley un abanico de medidas con un enfoque meramente constructivo, que va desde la elaboración de una campaña relativa a evitar actos de violencia, hasta la realización de trabajos a favor de la comunidad escolar.

También propusimos regular el ciberbullying, es decir, al que difunda con o sin autorización, imágenes, videos, texto y cualquier otro elemento través de medios electrónicos, ya sea de comunicación o de información, cuya finalidad sea menoscabar la dignidad, buena imagen, decoro, honor, privacidad, intimidad o cualquier otro derecho humano de la víctima de violencia en el entorno escolar, se le condenará a la reparación y restauración del daño que haya sufrido la persona afectada.

 

junio 9, 2014