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Lo nuevo para Recursos Humanos: 2015

Analizaremos los principales cambios a los que están obligados y que muchas veces ni enterados estamos de todas estas obligaciones, y de las que se enteran muy tarde: cuando son sancionados.

noviembre 27, 2014

Lo nuevo para Recursos Humanos: 2015

Gloria Arellano
Abogada social especialista en derecho laboral, IMSS, Infonavit y Afores

1. ¿Cuáles son las reformas en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo?
En materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, acaba de publicarse en el Diario Oficial de la Federación el nuevo Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, donde se establecen las siguientes obligaciones:

1.1.- Sobre el Riesgo Ergonómico, estos riesgos que pueden conllevar sobreesfuerzo físico, movimientos repetitivos o posturas forzadas en el trabajo, con la consecuente fatiga, errores y accidentes, los patrones están obligados a:

  • Contar con un análisis de los factores de riesgo ergonómico de los puestos de trabajo.
  • Contar con un registro de medidas preventivas adoptadas.
  • Contar con registro de los exámenes médicos practicadas a los trabajadores.
  • Contar con las constancias de capacitación DC-3

Cada documento que falte tendrá una sanción de aproximadamente $70,000.00 como multa para las empresas.

1.2. Sobre el Riesgo Psicosocial, son los riesgos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada laboral y de la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral por el trabajo desarrollado, los patrones están obligados a:

  • Llevar registro sobre las medidas preventivas adoptadas.
  • Llevar registro de los exámenes médicos elaborados.

1.3. Otra obligación es la relativa al entorno organizacional favorable, es aquel en el que se promueve el sentido de pertenencia de los trabajadores a la organización, la formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas, la definición precisa de responsabilidades para los miembros de la organización, las obligaciones en este aspecto son las siguientes:

  • políticas para la promoción del entorno organizacional favorable.
  • mecanismos de recepción de quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable.
  • evaluaciones de entorno organizacional favorable (encuestas de clima laboral, que ahora son obligatorias).

1.4. Obligaciones de contar con instalaciones adecuadas para trabajadores con discapacidad, con sanciones por incumplimiento aproximadamente de $90.000.00 por cada caso, siendo las obligaciones las siguientes:

  • Contar con instalaciones adecuadas para el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad, en los centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores.
  • capacitar a los trabajadores con discapacidad para el desarrollo de sus actividades y actuación en caso de emergencia.
  • realizar las modificaciones y adaptaciones necesarias en sus instalaciones, procesos y puestos de trabajo, a fin de garantizar su desempeño en forma segura.

1.5. Sobre Avisos de Riesgos de Trabajo, existe una obligación dual, de principio los patrones deberán dar aviso a la STPS, por escrito o en forma electrónica de los accidentes de trabajo que ocurran dentro de las 72 horas siguientes, los patrones quedarán relevados de dar dicho aviso a la Secretaría, cuando lo presenten ante el IMSS, sin embargo si se trata de aviso de fallecimiento por riesgo de trabajo, deberán dar aviso a la STPS y al IMSS.

Todas estas infracciones pueden alcanzar sanciones hasta 5000 veces el salario mínimo general diario vigente en el D.F., es decir hasta $336,450.00 por cada infracción.

2). ¿En qué consisten los cambios para el 2015 en materia de Seguro Social?

2.1. Uno de los más importantes, es el relativo al problema que están teniendo muchas empresas, sobre la reclasificación de clase de riesgo de trabajo, aquí hay diversas alternativas de solución cómo es el caso de no aceptar invitaciones, si tener cuidado con atender los requerimientos y entregar la información adecuada para evitar la reclasificación, en el supuesto de que ésta se dé, procede el escrito de desacuerdo o el juicio de nulidad.

2.2. Integración al salario base de cotización del IMSS y del Infonavit de los pagos en efectivo por concepto de previsión social y por concepto de alimentación y habitación, existe un nuevo criterio del IMSS de integrarlos, para evitarlo es necesario que se cumplan con los siguientes requisitos:

Previsión Social:
a). Prestaciones se otorgan de manera general en beneficio de todos los trabajadores.
b). Que las prestaciones se encuentren establecidas en los contratos colectivos de trabajo o contratos ley.
c). Que no se entreguen el dinero en efectivo ni mediante depósitos a la cuenta de los trabajadores.
d). Que se demuestre que los recursos otorgados fueron utilizados para los fines sociales.

Alimentación o Habitación:
a). Que se otorguen en forma onerosa.
b). Que no se entregue el dinero en efectivo ni mediante depósitos a la cuenta de los trabajadores.
c). Que se demuestre que los recursos erogados fueron efectivamente utilizados para los fines de alimentación o habitación.

2.3. Un beneficio importante para los patrones que muy pocos conocen es el que se refiere a los Acuerdos Conclusivos en Materia de IMSS e Infonavit.

Cuando los contribuyentes que sean objeto de una visita domiciliaria, revisión de gabinete o revisión electrónica no estén de acuerdo con la última acta parcial, acta final, oficio de observaciones o resolución provisional, se puede solicitar el acuerdo conclusivo en cualquier momento a partir de que dé inicio el ejercicio de facultades de comprobación y hasta antes de que se notifique el crédito, este acuerdo se tramita ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), recibida la solicitud, la Prodecon requerirá a la autoridad revisora para que en 20 días manifieste si acepta o no los términos en que se plantea el acuerdo conclusivo, si la autoridad no atiende el requerimiento se le multa, la Prodecon convoca a mesas de trabajo y contará con 20 días para concluir el procedimiento.

El cuentahabiente que haya suscrito el acuerdo conclusivo, tendrá derecho por única ocasión a la condonación del 100% de las multas, a partir de la segunda ocasión, se aplicarán las multas previstas en la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, la autoridad fascal deberá tomar en cuenta el alcance del acuerdo conclusivo para emitir la resolución que corresponda.

Si los patrones no utilizan estos acuerdos conclusivos, dejan ir oportunidades de solucionar sus problemas, deben buscar estrategias legales para evitar tener sanciones.

3). ¿Que reformas debemos considerar en el ámbito laboral?

3.1. Uno de los grandes temas son que el patrón cree que con cumplir los CFDI´s ya cumplieron en el esquema laboral y eso es totalmente incorrecto, hay que incorporarle los mismos datos que a los recibos tradicionales, incluyendo los controles de asistencia, pues de otra forma no lo está haciendo correctamente y están teniendo serios problemas en los juicios laborales.

3.2. Otro problema que estamos viendo en las Juntas de Conciliación y Arbitraje es la defensa de los contratos por capacitación y contratos a prueba, pues en ambos supuestos debe llevar la opinión por escrito de la Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento y demostrar que el trabajador no satisface los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar las labores, por lo que se recomienda seguir cumpliendo con los contratos por tiempo indeterminado, por tiempo determinado y por obra determinada.

4). En materia fiscal ¿cuáles son los cambios más importantes?

4.1. Deducción de Cuotas sólo mediante CFDI´s (Comprobante Fiscal Digital por Internet), las empresas realizan sus pagos en materia de seguro social, creen que con realizar el pago basta y pueden deducirlas del impuesto sobre la renta, cuando no han conseguido el CFDI, para lo cual es necesario que se inscriban al Sistema de Pago Referenciado (SIPARE), para que el patrón pueda solicitar el citado CFDI.

4.2. Otro problema es que en los CFDI´s muchas empresas incluyen los préstamos a los trabajadores, cuando no lo deben de hacer por qué no es un ingreso del trabajador.

4.3 También manejan mal el fondo de ahorro, porque solo reflejan en el comprobante fiscal digital por internet el descuento de la aportación al fondo de ahorro, cuando deben reflejar también la aportación de la empresa y el consecuente descuento de la aportación de la empresa.

Si los CFDI´s están mal, se pueden hacer no deducible toda la nómina y el último momento para realizar las correcciones es el cierre anual de sueldos y salarios.

 

noviembre 27, 2014