Gloria Arellano
Doctora en Seguridad Social, Especialista en IMSS, Infonavit, Afores y Derecho Laboral
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-Estas pensiones nacen precisamente con la muerte del trabajador, y todavía en nuestra cultura es increíble como la falta de comunicación entre esposos y de conocimiento permite que estas pensiones se pierdan en beneficio de las instituciones ya sea IMSS o ISSSTE.
-4 de cada 10 latinoamericanos mayores de 65 años no reciben ninguna pensión. La mayoría de las pensiones que se otorgan son inferiores a 10 dólares al día.
1. ¿Quien tiene derecho estas pensiones y cuál es su monto?
2. ¿Cómo y ante quien se tramitan estas pensiones?
3. ¿El derecho a la pensión de viudez es para la esposa o la concubina?
4. ¿Es verdad que en el supuesto de las trabajadoras, para que su
viudo goce de la pensión tiene que ser dependiente económico?
5. ¿Hasta qué edad los hijos tienen derecho a la pensión de orfandad?
6. ¿En qué momento los padres tienen derecho a la pensión de sus hijos
trabajadores?
7. ¿Los hermanos del trabajador fallecido tienen derecho a la pensión?
8. ¿Que pasa con el crédito habitacional del trabajador?, ¿tienen sus
beneficiarios que seguir pagando?
9. ¿La cuenta individual del trabajador fallecido puede heredarse a
sus beneficiarios?
10. ¿En que momento la viuda, los huérfanos y los padres pierden el
derecho a sus pensiones?
11. ¿Estas pensiones permiten que los beneficiarios tengan el servicio
médico o solo tienen derecho a las prestaciones en dinero?