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2024-12-27 07:07:15

¿Van a recortar las pensiones en México?

El IMSS fijó su postura diciendo que las pensiones seguirán topadas a 25 salarios mínimos, lo cual es su facultad y tendrá un importante impacto fiscal.

febrero 12, 2020

Dra. Gloria Arellano
Abogada, egresada de la Escuela Libre de Derecho, con Maestría y Doctorado por la Universidad Panamericana, Especialidades de Derecho Laboral, Derecho Económico Corporativo y Amparo. Coautora del libro “Estudio e Interpretación de la Nueva Ley del Seguro Social”. Miembro de la Barra Mexicana Colegio de Abogados
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Contexto
A ver cuentahabientes, todos andaban muy agobiados y les urgía que trajéramos a la tía Yoya, porque en días pasados, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un criterio en el que se establece que las pensiones basadas en la Ley del Seguro Social de 1973 del IMSS deben toparse a 10 salarios mínimos y no en 25.

La resolución indicaba que, cuando un trabajador de la generación de transición elija el régimen de la ley de 1973, el tope aplicable es el de 10 veces el salario mínimo a su pensión; mientras que, si el trabajador opta por el régimen de la ley de 1997, le aplicará el tope de 25 veces el salario mínimo, para lo cual deberá cumplir con 1,250 semanas laboradas.

Sin embargo, deben saber que el IMSS fijó su postura diciendo que las pensiones seguirán topadas a 25 salarios mínimos, lo cual es su facultad y tendrá un importante impacto fiscal.

Entonces, la reducción del límite máximo del cálculo de la pensión de 25 a 10 salarios mínimos aplicará solo para los trabajadores que están en algún litigio por el cálculo de su pensión, no es un criterio general que deba aplicar el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Les vamos a explicar de qué manera aplicará en casos específicos.

¿Habrá o no cambios en el tope de salarios mínimos para calcular la pensión?
El tope de 25 salarios mínimos para la pensión de los trabajadores afiliados al IMSS de la llamada “generación de transición” se mantendrá. No bajará ni tendrá un límite de 10 salarios mínimos.

¿Quién es la generación en transición?
O sea, aquellos trabajadores que empezaron a cotizar en el IMSS bajo el régimen de la ley de 1973 y que, tras la reforma en 1997, se les dio el beneficio de poder elegir con qué régimen deseaban pensionarse: financiar su pensión con que lo que se haya acumulado en su Afore, o pedir una pensión al IMSS, pagada por el erario, en los términos de la Ley del Seguro Social de 1973.

¿A quién aplica la resolución de la Corte?
El director del Instituto Mexicano del Seguro Social, Zoé Robledo, dijo que lo que hizo la Segunda Sala de la Corte fue establecer un criterio, posiblemente por algún amparo y la sentencia solo se limita al quejoso.
La Corte estableció un criterio para sus juzgados, no para las instituciones de seguridad social.
Como indica su resolución, la reducción del límite máximo del cálculo de la pensión de 25 a 10 salarios mínimos aplica solo para los trabajadores que están en algún litigio por el cálculo de su pensión.
Esta no es la primera vez que la Segunda Sala de Corte se pronuncia sobre el tope de pensiones, ya hubo una en 2010 y otra en 2016.

¿Esa resolución me afectará si estoy por tramitar mi pensión?
No afecta en nada, no aplica para aquellos trabajadores que estén tramitando su pensión y que incluso se hayan hecho acreedores a pensiones altas. El cálculo seguirá igual con 25 salarios.

¿El IMSS podría hacer modificaciones?
El IMSS puede decidir si se apega a esta nueva tesis de la SCJN o si sigue argumentando que es su derecho determinar el monto de las pensiones como hasta ahora.
Al menos, Zoé Robledo dijo: “Sería injusto, es el trabajo de toda su vida. Cotizaron toda su vida a 25 y sería injusto bajarlo a 10”.

febrero 12, 2020