Para todos aquellos que están en proceso de pensionarse, invité a la Tía Yoya a darnos 5 recomendaciones sobre pensiones del IMSS.
Dependiendo de cómo esté organizado cada sistema de pensiones, los ciudadanos de cada país pueden gozar de una mejor y peor retribución y bienestar, el ranking del Mercer CFA Institute presenta los mejores sistemas de pensiones en el mundo:
- Países bajos: Todo ciudadano a partir de los 65 años recibe 70% del salario mínimo, para aquellas personas que vivan solas y del 50 % para los que vivan en pareja, los pensionados están en los fondos colectivos de pensiones (las empresas pagan cada mes contribuciones a estos fondos en nombre de sus empleados) y también tienen pensiones individuales.
- Dinamarca: Tienen una pensión pública universal (FolkePension) basada en la residencia, no contributiva y financiada con cargo a los impuestos, en la nómina no se abonan directamente cuotas a la Seguridad Social si no que las pensiones se financian a través de lo recaudado en el impuesto sobre la renta. A partir del 2025 la edad legal de jubilación estará indexada a la esperanza de vida.
- Australia: Su sistema de pensiones se creó en los años 90s y se llama Superannuation. Tú mismo eres el que tiene que financiar tu pensión y se realiza a través de una retención en la nómina que, en la actualidad, se sitúa en el 9,5 % y se espera que llegue al 12 % en 2025.
- Finlandia: Se basa en dos regímenes, los vinculados a los ingresos y los nacionales. El empleador afilia a todos sus trabajadores al sistema de pensiones por jubilación y paga las cotizaciones correspondientes. Para las pensiones nacionales se tiene derecho con la residencia, para lo que hay que vivir en Finlandia al menos tres años tras haber cumplido los 16 años.
- Singapur: Las pensiones de Singapur se rigen por un fondo nacional llamado Central Provident Fund (CPF). Las contribuciones son desgravables anualmente en cuanto al impuesto sobre la renta, pero también entrega otros beneficios relacionados con las ganancias obtenidas a través de las inversiones que genera.
TIPOS DE PENSIÓN EN MÉXICO
Las pensiones en territorio mexicano son diversas, destacando tres grandes rubros: Pensión para el Bienestar, Pensiones del IMSS y Pensiones del ISSSTE. Los diferentes tipos de pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social son:
- CEA y VE (Cesantía en Edad Avanzada y Vejez)
- Viudez
- IMSS-ISSSTE
- Incapacidad permanente
- Orfandad
- Invalidez
- Ascendientes
- Retiro
CÁLCULO DE PENSIONES DEL IMSS
Calculadora de pensiones: La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) tiene una calculadora en su página: Consar.gob.mx
Información requerida: Año en el que iniciaron a cotización a la Ley del Seguro Social, años cumplidos, semanas cotizadas bajo la Ley del Seguro Social y el promedio de los salarios base de cotización de los últimos cinco años.
LAS CINCO RECOMENDACIONES SOBRE PENSIONES DEL IMSS
Semanas cotizadas:
Para todas las pensiones es indispensable verificar la Constancia de Semanas Cotizadas, esto se puede hacer en la página de Internet imss.gob.mx . Los requisitos son número de CURP, Número de Seguridad Social y correo electrónico.
Pensión de viudez:
Esta es para la esposa o concubina que cumpla con los requisitos, en el caso de los hombres deben ser inválidos y depender de las mujeres trabajadoras para que les den la pensión, estos son los requisitos:
- El asegurado(a) fallecido(a) debe tener 150 semanas de cotización al momento de su muerte, excepto si el fallecimiento ocurrió a causa de un riesgo de trabajo.
- El asegurado(a) debe estar vigente en sus derechos.
- La esposa(o) debe acreditar el vínculo matrimonial, o la concubina(rio) la relación de concubinato.
- El esposo o concubinario debe acreditar la dependencia económica con la asegurada o pensionada fallecida.
Pensiones de invalidez y de riesgos de trabajo:
Es indispensable que cuando los den de alta médica, no los den de baja en el IMSS, pues los condenan a NO obtener la pensión.
Pensiones de invalidez temporal:
Se obtienen con la Ley del Seguro Social de 1997 y después pasan a la Ley del Seguro Social de 1973 cuando se vuelven definitivas
Ley de 1973: Tener al menos 60 años CEA (Cesantía en Edad Avanzada) y 65 años VE (Por Vejez),estar en baja ante el IMSS, mínimo de 500 semanas registradas, tener el status del registro de semanas, dentro del período de gracia para solicitar pensión.
Ley de 1997: Tener al menos 60 años CEA (Cesantía en Edad Avanzada) y 65 años VE (Por Vejez), estar en baja ante el IMSS, mínimo de 775 semanas registradas (para LSS 1997, en 2022 se quieren 775 semanas de cotización, en 2023 serán 800 semanas, hasta alcanzar las 1,000 semanas en 2031.
Terminación de la relación laboral:
El causal de terminación de la relación laboral debe ser “Otros” para que puedan obtener la pensión de cesantía en edad avanzada, de conformidad con esta jurisprudencia
Fuente: Gloria Arellano, egresada de la Escuela Libre de Derecho, con Maestría y Doctorado por la Universidad Panamericana, Especialidades de Derecho Laboral, Derecho Económico Corporativo y Amparo. Coautora del libro “Estudio e Interpretación de la Nueva Ley del Seguro Social”.
T: 55 5564-22-62 // WA: 5554-04-76-56 // Email: www.sanchezarellano.com // TW: @sanchezarellan0 // FB: sanchezarellanoabogados // LI: Gloria Arellano.
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