¿De qué va la ley de protección animal en México? Ana Jocelyn Villagrán Villasana, Directora General de AGATAN, nos va a explicar todo sobre esto.
Hoy 10 de diciembre es el Día Internacional de los Derechos de los Animales que fue proclamado por activistas en 1998, y tiene como objetivo:
- Promover la igualdad de derechos de todos los seres vivos
- Denunciar el no reconocimiento los derechos de los animales
- Instaurar un debate público sobre la manera en que se tratan a los animales
- Alcanzar un reconocimiento internacional de los derechos fundamentales de los animales
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¿Cómo está la situación legal de los animales en México y el mundo?
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), de las 27 millones de mascotas que hay en el país, el 70% de gatos y perros se encuentran en abandono, esto quiere decir que tan solo 5 millones 400 mil cuentan con un hogar, mientras que el resto vive en las calles.
Con la pandemia, el abandono creció al menos 15%. Asimismo, 7 de cada 10 animales domésticos en México son víctimas de alguna forma de maltrato. Según la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT), aproximadamente 500 mil perros y gatos son abandonados cada año en Ciudad de México.
Según datos de la Brigada de Vigilancia Animal, tan solo en la Ciudad de México hay 1.2 millones de perros callejeros. Y los refugios están superpoblados. Según la organización AnimaNaturalis, México ocupa el 3 lugar a nivel mundial en incidencia de maltrato animal y mueren al año aproximadamente 60 mil animales por esta causa.
De 2020 a 2022, el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia recibió más de 17 mil 600 reportes por maltrato animal solo en la Ciudad de México, 87% de las cuales son a perros y estas son solo estadísticas resultantes de casos reportados.
Según el Código Penal de la Ciudad de México, quien maltrate y lastime a un animal será sancionado de seis meses a dos años de cárcel. Además de multas de 3 mil a 6 mil pesos. La FAO reporta que 80 mil millones de animales son sacrificados anualmente para consumo, muchos en condiciones inhumanas.
En granjas industriales, el 90% de los cerdos son sometidos a mutilaciones sin anestesia. Se estima que en América Latina, 60% de las aves de corral viven en condiciones de hacinamiento extremo.
En México, 80% de los animales de granja son criados en sistemas intensivos o industriales, donde enfrentan hacinamiento, mutilaciones y condiciones de estrés extremo. Las inspecciones son escasas, con solo 5% de las granjas supervisadas regularmente para verificar condiciones de bienestar. A pesar de la controversia, la tauromaquia sigue siendo legal en varias entidades, lo que implica sufrimiento extremo para los toros.
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¿En qué consisten la nueva reforma?
El 12 de noviembre de 2024, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general la reforma modificando los artículos 3, 4 y 73 de la Constitución donde se establece la protección, trato digno, conservación y cuidado de los animales.
En cuanto al artículo 73, esta ley deberá prever el cuidado de los animales de acuerdo con su naturaleza y características, prohibir el maltrato en la crianza y el aprovechamiento de animales de consumo humano, así como establecer medidas para el control de plagas y riesgos sanitarios.
Por otro lado, el Senado de la República emitió la declaratoria de aprobación este 26 de noviembre de 2024, elevando esta normativa a rango constitucional, es decir, incluir el cuidado de los animales en la Constitución Mexicana. El Congreso tiene un plazo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto para expedir dicha ley.
¿Qué animales protege esta ley?
De compañía: perros, gatos, conejos, loros, pericos, canarios, hámsters, hurones, peces, tortugas, serpientes, iguanas, arácnidos.
De consumo humano: vacas, terneros, cerdos, gallinas, pollos, peces, borregos, cabras, patos, pavos, camarones, langostas.
De trabajo: caballos, mulas, burros y bueyes
¿Cuál es el objetivo de la reforma?
Regular la relación de las personas con los animales para garantizar su protección en condiciones dignas. La protección jurídica de los animales es una cuestión ética y moral, fundamentalmente en una sociedad que aspira al desarrollo, la equidad y la compasión.
El maltrato hacía estos seres vivos es un tema que la sociedad en su conjunto debe trabajar para erradicar. El propósito de esta ley es que quien maltrate y lesione a un animal será castigado con penas de seis meses a dos años de cárcel y multas de 3,100 a 6,200 pesos.
Las sanciones se elevarán en un 50% si las lesiones ponen en peligro la vida del animal, y en caso de que el animal muera, el responsable podrá ser castigado con dos a cuatro años de prisión y multas de 12,400 a 24,800 pesos, y se le retirarán todos los animales que tenga en su poder.
Estados que han tipificado al maltrato animal como delito
Aguascalientes: Tiene la sanción más baja, en casos de maltrato animal se impondrá de 1 a 3 meses de prisión, de 10 a 50 días multa.
Baja California: Puede alcanzar hasta 2 años y una multa de hasta 8 mil pesos. El maltrato incluye la tortura, muerte injustificada, sadismo, zoofilia, lesiones que le provoquen alguna incapacidad o dañe un órgano, entre otros criterios.
Baja California Sur: Podrá pasar de 6 meses a 2 años en prisión, además de ser acreedores de una multa que rondará entre los 8,000 y $17,287 pesos.
Campeche: Se impondrán de uno a tres años de prisión y multa de quinientos a mil Unidades Diarias.
Chihuahua: Se impondrá una multa de hasta 35,000 pesos (200 salarios mínimos) a quien omita dolosamente prestar cuidados a un animal de compañía. A quien dolosamente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal de compañía, causándole lesiones que pongan en peligro la vida del animal, se le impondrá de tres meses a un año de prisión y multa de hasta 43,000 mil pesos (250 salarios mínimos). Y al que dolosamente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de algún animal de compañía, causándole la muerte, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa también de hasta 43,000 mil pesos (250 salarios mínimos)
Coahuila: Se sancionará con una pena de seis a cuatro años en la cárcel y una multa desde 6 mil 377 pesos hasta 31 mil 885. Si la crueldad contra un animal pone su vida en peligro, la sanción podría aumentar en 50%.
Colima: Se impondrá una multa de hasta $51,861 pesos (300 salarios mínimos) y tres años de prisión.
Durango: Esta entidad registra la multa más alta en México de $1,728,700 pesos (10 mil días de salario mínimo) como castigo a conductas dolosas como tortura, vejación, mutilación que causen dolor o muerte de los animales y un arresto mínimo de hasta por 72 horas, si la especie fue asesinada. La ley prohíbe las peleas de perros.
Estado de México: Incluye pena de seis meses a tres años de prisión a quien cause la muerte no inmediata.
Guanajuato: Quien dolosamente cause la muerte de un animal se le impondrá una sanción de diez a cien días de multa y de 60 a 180 jornadas de trabajo a favor de la comunidad. Si es responsable de una mutilación se le aplicará de cinco a 50 días de multa y de 30 a 90 jornadas de trabajo a favor de la comunidad.
Hidalgo: Sanción de 15 días a un mes de prisión y multa de 25 a 50 unidades de medida. Mientras que por muerte del animal, de un mes a seis meses de prisión.
Jalisco: Cárcel de seis meses a tres años a quien mate a un animal. La pena se incrementará año y medio si en la muerte del animal existe agonía prolongada.
Michoacán: Castiga a las personas que maltraten a los animales o priven de la vida a las criaturas. Los delitos considerados son abandono, abusos sexuales, actos abusivos y peleas callejeras. El Congreso local aprobó sanciones de hasta $86,435 pesos (500 salarios mínimos) y 24 meses de cárcel.
Morelos: Seis meses a un año de semilibertad. En caso de reincidencia se le impondrán de seis meses a un año de prisión.
Nayarit: Se impondrá de tres días a tres años de prisión y multas de hasta $51,861 pesos (300 salarios mínimos) a todo aquel que cometa delitos contra la Ecología o la Fauna.
Nuevo León: Tres días a un mes de prisión. Si las lesiones ponen en peligro la vida del animal doméstico se aumentará en una mitad la pena señalada. En caso que las lecciones le causen la muerte al animal doméstico se impondrá de 15 días a 6 meses de prisión.
Oaxaca: Tres meses a cuatro años de cárcel a quienes lastimen, sacrifiquen dolosamente o abusen sexualmente de éstos.
Puebla: Cuatro años de prisión y multas de hasta 26 mil pesos. Si los actos de maltrato o crueldad provocan la muerte del animal, se impondrán de dos a cuatro años de prisión y multa de $34,574 pesos (200 días de salario) a $69,148 pesos (400 días de salario).
Quintana Roo: De seis meses a un año de prisión y de veinticinco a cincuenta días de multa, es decir, $8,643 pesos.
San Luis Potosí: Las sanciones van desde tres meses a un año de cárcel, a quien se le compruebe el maltrato animal y multas de hasta 100 salarios mínimos, es decir $17,287 pesos.
Sinaloa: De 3 meses hasta un año de prisión.
Sonora: Se castiga con penas de seis meses a dos años de prisión y multas de 100 días de salario mínimo, es decir $17,287.
Tamaulipas: De 2 meses a 2 años de prisión además de una multa que puede ir de $34,574 pesos (200 salarios mínimos) a $86,435 pesos (500 días de salario mínimo).
Veracruz: De seis meses a dos años de prisión y multas de 100 días de salario mínimo, es decir $17,287.
Yucatán: De 3 meses a 1 año de prisión y de 50 a 100 días de multa ($17,287 pesos), aumentando hasta en una mitad si estos casos provocan una incapacidad parcial o total permanente al animal que la sufrió.
Zacatecas: Cuenta con la Ley de Bienestar y Protección de los Animales en el Estado de Zacatecas, la cual como su nombre lo indica tiene la finalidad de proteger la vida y garantizar el bienestar y protección de los animales.
¿Cuáles son los derechos fundamentales de los animales?
Los derechos fundamentales de los animales, basados en la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, son principios diseñados para proteger su bienestar y dignidad. Algunos de los más destacados son:
- Derecho a la vida: Todo animal tiene derecho a vivir y ser respetado como ser independiente.
- Derecho a la libertad: Los animales salvajes tienen derecho a vivir en su entorno natural y a reproducirse libremente.
- Derecho al cuidado: Los animales domésticos y salvajes deben recibir atención, protección y cuidados necesarios para su bienestar.
- Derecho a no ser maltratado: Ningún animal debe ser sometido a crueldad, abuso o violencia.
- Derecho a un refugio: Tienen derecho a un espacio que les proteja del clima adverso y los peligros.
- Derecho a no ser explotado: Los animales no deben ser utilizados en actividades que les causen sufrimiento, como en circos, experimentos o trabajo forzado.
- Derecho a la alimentación: Deben recibir alimento y agua en cantidades suficientes para garantizar su salud.
- Derecho a la atención veterinaria: Tienen derecho a recibir atención médica para prevenir y tratar enfermedades o lesiones.
- Derecho a no ser abandonado: Los dueños deben responsabilizarse de sus animales para evitar el abandono que ponga en peligro su vida o bienestar.
- Derecho a una muerte digna: En casos donde la vida implique sufrimiento extremo, tienen derecho a ser tratados con compasión y respeto hasta el final.
¿Dónde denunciar maltrato animal en CDMX?
AGENCIA DE ATENCIÓN ANIMAL (AGATAN): Asesoría telefónica, revisión y atención médica básica de ejemplares, reubicación o entrega a autoridades competentes. Dirección: Circuito Correr es Salud s/n, Segunda Sección del Bosque de Chapultepec, Miguel Hidalgo, Ciudad de México
Tel. 55 89 99 02 94, 10 de la mañana a las 15 horas, lunes a viernes, FB: AGATANCDMX
BRIGADA DE VIGILANCIA ANIMAL: Protección y rescate de animales en riesgo en vías primarias y secundarias, plantones y manifestaciones, así como la venta de animales en la vía pública, rescate de animales silvestres para entregarlos a la autoridad competente. Tel: 55 5208 9898
Fiscalía de Investigación en Delitos Ambientales y en Materia de Protección Urbana (FIDAMPU): Lesiones de cualquier tipo y casos de muerte. Tel: 55 5346 8916
Agencia de Protección Sanitaria: Verifica falta de higiene, hacinamiento u olores fétidos. Tel: 55 5038 1700 ext. 5811
La Unidad de Atención a Denuncias de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, llamando al número 5208-9898.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), llamando al número sin costo 01-800-776-33-72 o enviando un correo electrónico a denuncias@profepa.gob.mx
Ana Jocelyn Villagrán Villasana. Directora General de la Agencia de Atención Animal. Activista por los Derechos de los animales.
Agencia de Atención Animal (AGATAN). Organismo del Gobierno de la Ciudad de México que forma parte de la Secretaría del Medio Ambiente, que tiene por objetivo generar y desarrollar las políticas públicas en materia de protección y cuidado de los animales en la Ciudad de México.
WEB: agatan.cdmx.gob.mx // Fb: Agencia de Atención Animal // TW: @AgatanCdmx