Mtro. Miguel Jiménez Hernández
Director de Prenup Contratos Prenupciales.
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Según el INEGI, en años recientes los mexicanos tienden a casarse menos y a divorciarse más.
En los últimos 5 años, la cantidad de divorcios aumentó un 48%. O sea, 28 de cada 100
matrimonios terminan en divorcio.
5 de cada 10 matrimonios solicitan el divorcio voluntariamente
2 de cada 3 divorcios en México son iniciados por mujeres
Según los resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), 58.1% de la
población de 15 y más años se encuentra unida, mientras que el 31.4% es soltera y el 10.5%
está separada, divorciada o viuda.
La edad promedio para divorciarse en a los 37 años de la mujer y 41 años, para los hombres.
Según el Instituto de Educación de la Universidad de Londres, la edad más difícil para atravesar
un divorcio es entre los 7 y 14 años.
A la hora del divorcio ¿cuál es la diferencia entre el matrimonio bajo el régimen patrimonial de sociedad conyugal y de separación de bienes?
Sociedad conyugal: Significa que todos los bienes que se hayan adquirido durante el matrimonio son de ambos, por lo que al momento del divorcio estos bienes se deberán de repartir entre los dos en partes iguales.
OJO: Hay bienes que no forman parte de la sociedad conyugal, esto dependerá de la regulación específica de cada Estado de la República, por ejemplo en la CDMX y en el Estado de México, las herencias y donaciones no forman parte de la sociedad conyugal.
Separación de bienes: En este régimen cada uno será dueño de lo que haya adquirido. Cuando alguno de los dos se haya dedicado al cuidado del hogar y de los hijos, este tiene la posibilidad de solicitar una compensación de hasta el 50% de los bienes, este porcentaje lo fijará el juez.
La repartición de los bienes durante el divorcio, en ambos regímenes patrimoniales se puede facilitar si previo a contraer matrimonio ambos determinan de forma específica, a través de las capitulaciones matrimoniales (contrato prenupcial), que bienes son de cada uno.
Si hay hijos, ¿qué pasa con la pensión alimenticia?
Si se tienen hijos, existe la obligación de ambos padres de dar pensión alimenticia, siempre y cuando estos sean menores de edad o estén estudiando en un nivel educativo acorde a su edad, sin incluir posgrados.
La responsabilidad de pagar esta pensión termina cuando los hijos adquieren una profesión o un oficio, o bien empiezan a trabajar.