Gloria Arellano
Abogada Social
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La reforma a la Ley del ISSSTE que se aprobó el martes 8 de diciembre ha provocado en los cuentahabientes muchas inquietudes. Analizamos los principales cambios de esta reforma y sus repercusiones para darles paz.
¿Cuál es el objetivo de esta reforma a la Ley del ISSSTE?
- Que el Pensionissste se separe del ISSSTE y se convierta en una empresa de participación estatal mayoritaria.
¿Qué es el PENSIONISSSTE?
- Es el órgano desconcentrado del ISSSTE encargado de administrar e invertir los recursos de las cuentas individuales de retiro de los trabajadores del Estado que tiene a su cargo.
- Su administración, operación y funcionamiento, está sujeto a cargo de la CONSAR (Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro), y debe cumplir con las disposiciones de la Ley de los Sistema de Ahorro para el Retiro.
- Los recursos de las cuentas que administra, son invertidos de acuerdo con la estrategia de inversión que propone la Comisión Ejecutiva a la Junta Directiva del Instituto.
¿PENSIONISSSTE cobra comisiones?
- Sí cobra comisiones sobre el saldo de la cuenta individual del trabajador, dejando fuera los recursos de vivienda.
- Desde su creación ha cobrado la comisión más baja del mercado y anualmente recibe recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación.
- Los rendimientos que han obtenido los ahorradores de Pensionissste son de los más altos en el sistema, pues una vez cubiertos los costos de administración, las necesidades inversión y la constitución de reservas, el remanente de operación que queda se reinvierte en las cuentas individuales de los trabajadores, beneficiando a quienes tienen menores ingresos.
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¿Cuáles son los cambios que se proponen con esta reforma?
1. ¿Qué va a pasar con PENSIONISSSTE?
- Se pretende que el PENSIONISSSTE se convierta en una empresa de participación estatal mayoritaria, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía técnica y de gestión, con el objetivo de que compita con las demás Afores del mercado, que ya no sea dependiente del ISSSTE.
2. ¿Quién va a tomar las decisiones?
- Un Consejo de Administración integrado por nueve representantes del Gobierno Federal y nueve representantes de los trabajadores
OJO: Este consejo de administración estaría conformado por funcionarios de la SHCP (Hacienda), el titular de la dependencia se convertiría en el presidente del consejo de administración
- El director del Pensionissste sería propuesto por la dependencia y avalado por el consejo, también habría un representante de la Secretaría de la Función Pública y otro de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social.
- Las decisiones del consejo de administración se tomarán por mayoría de votos y en caso de empate, su presidente, el secretario de Hacienda, tendrá el voto de calidad.
3. Comisiones:
- Harán su presupuesto cuidando que los costos de administración sean cubiertos con el producto de las comisiones cobradas por la administración de las cuentas.
- Estas comisiones no podrán pasarse del promedio que cobren las administradoras de ahorro para el retiro, lo que significa que no recibirá recursos presupuestarios.
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4. Remanente de operacion:
- Una vez cubiertos los costos de administración, necesidades de inversión y constitución de reservas, la Asamblea a propuesta del Consejo de Administración decidirá si se reinvierte una proporción de éste en la cuentas individuales que la sociedad administre.
5. ¿Y los que ya estaban en PENSIONISSSTE?
- Los trabajadores que estuvieran trabajando en Pensionissste, formarán parte de la nueva sociedad, y se les van a respetar todos sus derechos laborales conforme a la Ley del ISSSTE.
6. ¿Desde cuando entra en vigor?
- Se propone que estás reformas entren en vigor el 1o de julio del 2016.
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