Katia D’Artigues
Periodista
Tw. @kdartigues
Bárbara Anderson
Periodista
Tw. @ba_anderson
• Las estadísticas mexicanas describen que el 6% de la población tiene alguna discapacidad.
• La OMS eleva esta proporción al 10%
• La Unión Europea ha demostrado que la cifra más real es del 15%
• El 27% de las personas con discapacidad tienen dificultad para ver.
• El 12% tienen problemas para oír.
• En cifras austeras en México hay 3,240,000 personas con discapacidad visual y 1,500,000 con discapacidad auditiva.
¿Por qué debe incluirse accesibilidad de personas con discapacidad en LeyTelecom?
• Porque beneficiaría al menos al 10% de la población en México que de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud es el porcentaje que tiene alguna discapacidad. Porcentaje que se incrementa por alguna discapacidad por edad avanzada, conforme la pirámide poblacional se invierta.
• Porque son derechos humanos y constitucionales: igualdad (1º), libertad de expresión y a la información (6º y 7º), de acceso a radiodifusión y telecomunicaciones, internet (6º), además de las obligaciones al Estado mexicano en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (a. 9 y 21).
• Porque la accesibilidad es un derecho llave que abre la posibilidad de acceder a todos los demás derechos humanos: educación, cultura, trabajo, salud, libre asociación, etc.
• Porque el compromiso número 1 del Presidente Enrique Peña Nieto con personas con discapacidad es el siguiente: “Armonizar la normativa mexicana para cumplir con la Convención de los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad.”
¿Qué se necesita para que México sea accesible a nivel telecomunicaciones?
El 14 de abril de 2014 se presentó al Senado una propuesta de exposición de motivos y capítulo de accesibilidad a telecomunicaciones y radiodifusión por personas con discapacidad, por parte de Clara Luz Álvarez y Katia D´Artigues, que contiene lo necesario para que México sea un país accesible a las telecomunicaciones y radiodifusión se requiere al menos:
• Subtítulos en toda la programación de televisión y en noticieros también intérprete en lengua de señas mexicana, mediante implementación progresiva.
• Servicio de retransmisión IP para la comunicación entre una persona con discapacidad auditiva y una oyente, a través de un call center (centro de relevo). Estos servicios se financian con fondos de cobertura universal.
• Teléfonos públicos y centros de acceso a internet a la altura que permita su uso por una persona en silla de ruedas, debiendo ser compatibles con dispositivos de ayuda y tener funcionalidades accesibles (p. ej. control de volumen).
• Páginas de internet de entes públicos deben ser accesibles y utilizables por personas con distintos tipos de discapacidad conforme a estándares internacionales y deben adaptarse conforme a los cambios tecnológicos.
• Servicios de emergencia accesibles a través de mensajes de texto