Para los que andan divorciados y no saben cómo van a pasar las vacaciones, aquí unos tips espectaculares y sus hijos no.
Si ya se andan agarrando del chongo con el o la ex porque nomás no se ponen de acuerdo en cómo se van a organizar en estas vacaciones con los hijos, invité a Ana Kudish para que les explique cuáles son sus derechos y obligaciones en esta época.
¿Cómo pasar las vacaciones si están divorciados?
Debemos enfocarnos en los hijos, no en nosotros. Podemos estar muy enojados pero nuestros hijos tienen el derecho de convivir con su mamá y su papá en igualdad de condiciones, y por lo mismo con la familia materna y paterna extensa, esto es abuelos, tíos y primos del lado de mama y de papa.
Los niños tienen derecho al esparcimiento y por lo mismo, la época navideña es especial para ellos. Es una época familiar por excelencia y por lo mismo las familias deben repartir esta temporada por partes iguales.
Primero lo primero ¿cuáles son los acuerdos?
Santa puede llegar a una sola casa, de mamá o papá y los Reyes llegarán a la otra. También puede llegar a ambas casas, lo que no se vale es que Santa llegue a casa de papá con los mejores regalos y a casa de mamá con unas paletas de dulce porque no nos dieron dinero para ello.
Si hay una carta para Santa o los Reyes se debe repartir por mitad, o traer todo a un lugar o al otro. No aprovechemos la entrada a la casa de mamá o papá para hacer reclamos, poner cara y estar insoportables, los niños, niñas y adolescentes merecen respeto por nuestra parte y dejarlos disfrutar sus regalos. Como no podemos predecir nuestra conducta, mantengámonos separados.
Lo mejor es, cada quien recibe a Santa en su casa y como él y los reyes son super poderosos saben repartir a los hijos lo que pidieron. No se vale querer acapararlo todo para quedarse con los hijos esa noche o ese día.
Es un derecho también de los niños que no se sientan mal porque el dinero se destina a ellos y hacerlos sentir mal por ello. Es decir, claro para la pista de cochecitos sí hubo pero para el gasto no. Aunque sea cierto, no es ni el momento ni el lugar para hacer este reclamo.
La pensión alimenticia abarca muchas cosas: la habitación, la comida, el vestido el calzado, la educación, la salud y el esparcimiento, dentro de las posibilidades de cada persona, y el esparcimiento incluye las vacaciones, la navidad, el salir a la alameda, al parque a los columpios a dar una vuelta, comparar unos churros, un helado un algodón de azúcar o ir a esquiar a la nieve. Todo conforme a las posibilidades de cada familia.
Como tenemos que repartir los tiempos, las familias deben acordar de forma equitativa los eventos, así si no hay vacaciones, el 24 al medio día y por la noche pueden repartirse los tiempos, o el 24 por la noche mamá y el 25 al mediodía papá, y al siguiente año al revés.
Igual el 5 de enero uno y 6 de enero el otro, y los niños parten la rosca con cada uno de sus papás y sus familias extensas. Podemos repartir, 24 y 25 con mamá y el año nuevo con papa 30,31 y primero, luego 5 y 6 de enero. También podemos hacerlo por años, el 2024 todas las vacaciones decembrinas con mamá y el 2025 todas las vacaciones decembrinas con papá.
Cuando nos separamos debemos firmar convenios acuerdos por escrito delante del Juez de familia, que nos obliguen a cumplir los tiempos que hemos pactado, no dejemos las cosas al último momento y a ver qué sucede o a ver si quiere, estos son derechos de nuestros hijos, no nuestros, de tener este esparcimiento el disfrutar a la familia y la época de navidad o año nuevo.
Esto aplica por supuesto para las fiestas de cualquier religión, si no es la navidad es el rosh hashana o Yom kipur o cualesquiera otra que la religión de la familia profese. En todo el mundo es año nuevo, y por lo mismo podemos repartir esta fiesta año con año, uno mamá y el otro papá.
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¿Qué convenios se deben tomar en cuenta?
- Convenio de separación y terminación del concubinato, donde se pacta el régimen de visitas y vacaciones para los hijos de las partes.
- Convenio que regula las consecuencias del divorcio, donde se regulan las convivencias de los menores, visitas y vacaciones de los hijos de los Divorciantes.
- Convenio de mediación que regula cualesquiera de ellos.
- Deben estar estos convenios sancionados por alguna autoridad, es decir, el Juez Familiar o el Centro de Justicia Alternativa, para que estos convenios sean una sentencia que deba ser cumplida.
¿Qué pasa si no cumplimos?
Si hay convenio, podemos tener restricciones al ejercicio de la patria potestad perder incluso la guarda y custodia de nuestros hijos. Si no hay convenio, una demanda de controversia del orden familiar para exigir tener estas visitas y vacaciones porque alguno de los padres se sale con la suya y no “presta a los hijos”.
Los hijos no son de las partes el negar las visitas al otro progenitor hablar mal de él, generar todo tipo de eventos cuando le toca al otro padre convivir con los hijos, decirles a los hijos que su padre o madre no los quiere, que los abandonó por tener otra familia cuando la otra parte los está buscando y desea verlos, el decir que porque no ha dado el gasto no pueden ir a verlo y convivir con su familia, se llama INTERFERENCIA PARENTAL, alienación parental y resulta ser maltrato infantil y violencia.
Esto aplica para todas las vacaciones escolares, conforme al calendario de la escuela a la que van nuestros hijos. El no avisar de un evento escolar como la pastorela, el baile de navidad y que el otro padre no asista, a quienes se les lastima es a los hijos, hay que avisar con tiempo, no una hora antes, o un día antes, debemos permitir que el otro progenitor se organice pida permiso y al menos compense a nuestros hijos si no puede asistir, tomando video, mostrándolo estos a su mamá o papá, de manera que sientan que tenemos interés en lo que hacen que han ensayado por meses en la escuela.
La Semana Santa y Pascua es lo mismo los puentes escolares también, todo esto se pacta en un convenio, a fin de que esté muy claro que nuestros hijos tienen el derecho de convivir con cada uno de nosotros para su sano desarrollo.
Especialista: Ana Kudisch. Licenciada en Derecho por la Universidad Anáhuac, Maestra en Derecho Familiar por el Instituto de Ciencias Jurídicas de Estudios Superiores, Certificada como Mediadora Privada por el Tribunal Superior de Justicia, Ponente Internacional en Congresos sobre Derecho Familiar y fundadora de Kudisch Abogados.
Tel: (55) 1107 8604 / contacto@kudischabogados.com.mx / TW: @anamarykc / IG: @ana_kudisch
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